En Gimeno Abogados, sabemos que uno de los temas más consultados por nuestros clientes es el pago de la pensión de alimentos durante las vacaciones de verano. 

Este periodo puede generar muchas dudas, especialmente cuando los hijos pasan más tiempo con el progenitor que no tiene la custodia habitual. A continuación, aclaramos las cuestiones más relevantes al respecto.

Si has dado el paso para divorciarte o ya lo has hecho, como abogados especialistas en divorcios, queremos darte respuesta a esta pregunta y ayudarte en el proceso. 

¿Se paga la pensión de alimentos en verano? 

La obligación de pagar la pensión de alimentos no se suspende durante las vacaciones de verano, incluso si los hijos pasan ese tiempo con el progenitor que paga la pensión. Es importante recordar que la pensión de alimentos está diseñada para cubrir las necesidades básicas de los hijos, como alimentación, vivienda, educación y vestimenta, durante todo el año, incluidos los periodos vacacionales? a lo largo del año con custodia compartida

Fundamentos Legales

Según la legislación española, salvo que el convenio regulador o la sentencia de divorcio disponga lo contrario, la obligación de pagar la pensión de alimentos se mantiene invariable a lo largo del año, sin tener en cuenta épocas festivas. 

La pensión de alimentos (Art. 90 – 103 –  Del Código Civil) no se entiende como una cantidad mensual como la mensualidad de un gimnasio. En el sentido literal de la palabra, sino que debe de entenderse como una prestación única o una suma anual hasta que se llegue a la mayoría de edad

Esto significa que, aunque el progenitor que paga la pensión tenga a los hijos durante un mes completo en verano, deberá continuar realizando el pago. La pensión de alimentos se considera una obligación continua que no depende de los cambios temporales en la custodia? 

Sentencias sobre pagar la pensión de alimentos en las vacaciones de verano

Audiencia Provincial de Valladolid (Sección 1ª), sentencia 15.02.2013:

«Idéntica suerte desestimatoria merece el segundo motivo de recurso en el que se articula la pretensión de suprimir el abono de la pensión alimenticia en el periodo vacacional de verano que disfrutó la menor hija de los litigantes en la compañía de su padre. La cuestión no es novedosa y ha sido resuelta ya con un criterio desestimatorio en repetidas ocasiones por esta misma Sala.

La razón de tal decisión estriba en que la pensión alimenticia consiste en una contribución del progenitor no custodio con el que ostente la guarda y custodia a los gastos y necesidades alimenticias de carácter ordinario de todo orden que en el sentido amplio que establecen los artículos 142 y siguientes del Código Civil tuvieren los hijos comunes, y por ello tiene la consideración de una prestación única que debe ser satisfecha al otro progenitor aunque su abono se prorratee mensualmente para el obligado al pago.»

Audiencia Provincial de Guadalajara (Sección 1ª), sentencia 15.10.2003:

«que la pensión alimenticia es una prestación única tendente a cubrir los gastos de todo tipo precisos para la subsistencia y adecuado desarrollo de los hijos, tales como vivienda, alimentación, cuidado, vestido, educación, sanidad, ocio, etc., tratándose de una cantidad que no se fija en función de unos gastos mensuales determinados, sino de una suma anual alzada que, por regla general, se divide en doce mensualidades, con inclusión, por tanto, de la correspondiente al mes de vacaciones que los hijos pasan con el obligado al pago».

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Convenio Regulador sobre pagar la pensión de alimentos en verano

Sin embargo, en el punto del divorcio, es posible acordar en el convenio regulador que durante las vacaciones de verano el pago de la pensión se modifique o se suspenda temporalmente. Estos acuerdos deben ser muy claros y estar aprobados judicialmente para evitar malentendidos y posibles conflictos futuros. 

Recomendamos revisar estos acuerdos con un abogado especializado como Gimeno Abogados para asegurar que se ajusten a las necesidades y realidades de ambas partes? y no tener malentendidos a la hora de pagar la pensión de alimentos en verano. 

En resumen, entonces ¿debo pagar la pensión de alimentos en verano? 

Revisión del Convenio: Si tras tu divorcio contencioso o de mutuo acuerdo tu situación ha cambiado o consideras que el convenio regulador debe ser revisado para incluir cláusulas específicas sobre el pago de la pensión en vacaciones, no dudes en contactar con nosotros.

Documentación: Mantén un registro detallado de los gastos realizados durante el periodo vacacional, especialmente si se acuerda alguna modificación temporal del pago de la pensión para el periodo de verano. 

Comunicación: Fomenta una comunicación clara y abierta con el otro progenitor para gestionar cualquier acuerdo o discrepancia que pueda surgir respecto al pago de la pensión durante las vacaciones de verano. 

En Gimeno Abogados, estamos a tu disposición para ayudarte a entender y gestionar todas las cuestiones relacionadas con la pensión de alimentos y cualquier otro aspecto del derecho de familia. 

No dudes en contactar con nosotros para una consulta personalizada.