Hace unos días se ha dado a conocer la nueva sentencia del Tribunal Constitucional que anula la plusvalía municipal, en la que declara la nulidad de varios artículos de la ley de Haciendas locales, para determinar la base imponible sobre el impuesto.
Para ser más exactos el tribunal constitucional declara la nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales.
Pero, ¿Qué es el impuesto de plusvalía?
Se trata de un impuesto municipal que hace referencia a las parcelas y a los terrenos de índole urbana, y que, hasta ahora teníamos que pagar si vendíamos o heredamos una casa. Por ejemplo, este impuesto tendría que pagarlo el propietario que se deshace del inmueble ya que se entendía que durante este tiempo su valor era superior al que tenía cuando lo adquirió. Es por eso que los ayuntamientos exigen al propietario una compensación por el inmueble en forma de impuesto de plusvalía.
Y este es uno de los mayores motivos que han llevado al tribunal a anular este impuesto, ya que como indican, no todos los inmuebles tienen que haberse revalorizado, es más puede que incluso haya perdido valor.
De momento y según esta sentencia, dicho impuesto no tendrá que abonarse al ayuntamiento y por lo tanto queda anulado. Por ahora, la sentencia del Tribunal Constitucional dictamina que dicho impuesto no tendrá que seguir siendo abonado en ningún caso.
¿Se puede reclamar al ayuntamiento el impuesto de plusvalía?
Aunque la sentencia está pendiente de ciertos puntos, todo aclara a que quienes vendieron sus viviendas o terrenos no podrán reclamar la devolución de lo pagado al tratarse de una sentencia que solo ayuda a aquellas personas que estén en trámites y que quieran vender en un futuro.
Ante cualquier duda sobre la nueva sentencia del impuesto de la plusvalía municipal, no dudes en contactar con nosotros en 96 554 05 79 o en despacho@gimeno-abogados.com
Los ayuntamientos se han encontrado por otra parte con una gran pérdida de ingresos para las arcas locales. Pero sin embargo los propietarios agradecen en su mayor parte la anulación del impuesto.
El consejo de ministros acaba de aprobar el Real Decreto-ley que modifica la forma de calcular el impuesto de plusvalía municipal para adaptarlo a la nueva sentencia que declaró este impuesto como ilegal.
La nueva normativa adaptará este impuesto a los vaivenes del mercado inmobiliario, de tal manera que busca que hace que se pague la plusvalía solo en caso de que venta o traspaso de una vivienda cuando ha habido una ganancia clara.
Aquel que venda la casa y se encuentre en pérdidas estará exento del pago a partir del 10 de noviembre de 2021.
Desde Gimeno abogados al igual que hemos hecho en otras ocasiones recomendamos siempre consultar cualquier duda legal o trámite con un profesional legal, ya que en este caso puede ahorrarnos muchos quebraderos de cabeza y el pago y devolución del mismo impuesto.
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