La pareja de hecho es una forma de unión legal que ha adquirido cada vez más relevancia en España. A diferencia del matrimonio, esta figura ofrece la posibilidad de establecer una relación estable y convivir con una persona sin la necesidad de contraer matrimonio. Si quieres saber cómo hacerse pareja de hecho en España, quedate porque te vamos a enseñar como.
Aunque no existe una legislación estatal que regule las parejas de hecho a nivel nacional, algunas Comunidades Autónomas han desarrollado sus propias leyes al respecto. En este artículo, explicaremos en detalle qué es la pareja de hecho, los requisitos para formalizarla, así como las similitudes y diferencias clave con respecto al matrimonio.
Concepto y regulación de la pareja de hecho
Lo primero que tienes que tienes que tener en cuenta a la hora de saber cómo hacerse pareja de hecho en España, es una pequeña explicación.
La pareja de hecho o unión de hecho es una forma de unión jurídica que difiere del matrimonio y consiste en la convivencia pública y estable entre dos personas, ya sea de distinto o igual sexo, que comparten intereses comunes en desarrollar una vida familiar sin haber contraído matrimonio legalmente. A nivel estatal, no existe una ley que regule las parejas de hecho en toda España. Sin embargo, varias Comunidades Autónomas como Andalucía, Cataluña, Canarias, Baleares, Extremadura, Galicia, Murcia, País Vasco y Valencia han establecido su propia legislación al respecto.
Requisitos para la formalización de una pareja de hecho
Para formalizar una pareja de hecho en España, es necesario cumplir ciertos requisitos que pueden variar según la Comunidad Autónoma de residencia. En términos generales, los requisitos comunes incluyen:
- Ser mayores de edad o emancipados.
- No tener parentesco directo entre los miembros de la pareja.
- No estar casados. En caso de haber estado casado anteriormente, se deberá acreditar el divorcio.
- Acreditar un período mínimo de convivencia.
- En algunos casos, se requerirá otorgar una escritura pública.
- Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, el cual varía dependiendo de cada Comunidad Autónoma.
A continuación os dejamos la inscripción como pareja de hecho en la comunidad valenciana.
Similitudes y diferencias entre la pareja de hecho y el matrimonio
En el momento de ver los requisitos para ver cómo hacerse pareja de hecho en España, tanto la pareja de hecho como el matrimonio presentan similitudes y diferencias en diversos aspectos legales y derechos.
Similitudes:
Hijos: En caso de tener hijos, tanto la pareja de hecho como el matrimonio tienen las mismas obligaciones y responsabilidades respecto a los hijos en términos de alimentos, custodia y régimen de visitas.
Permisos laborales retribuidos: Los convivientes de la pareja de hecho tienen los mismos derechos a permisos laborales que los cónyuges de un matrimonio, como permisos por paternidad o maternidad, enfermedad grave o muerte de la pareja.
Otros derechos en común: Tanto los cónyuges como los miembros de la pareja de hecho pueden acceder a ayudas, becas y subvenciones, y disfrutan de derechos de asistencia sanitaria y subrogación en contratos de alquiler en caso de fallecimiento de uno de los miembros.
Diferencias:
Régimen económico: En el matrimonio, el régimen económico matrimonial se establece legalmente, ya sea gananciales, separación de bienes o participación. En la pareja de hecho, no existe un régimen económico matrimonial establecido legalmente, aunque los miembros pueden acordar de forma particular los efectos económicos de su unión.
Impuesto sobre la renta: A diferencia del matrimonio, los miembros de una pareja de hecho no pueden presentar la declaración de la renta de forma conjunta, ya que la pareja de hecho no es considerada una unidad familiar. Cada miembro debe presentar su declaración de forma individual, aunque uno de ellos junto con los hijos (si los hubiera) puede formar una unidad familiar separada.
Pensión de viudedad: Mientras que el cónyuge supérstite de un matrimonio tiene derecho a la pensión de viudedad bajo ciertas condiciones, para el conviviente superviviente de una pareja de hecho se establecen requisitos adicionales relacionados con los ingresos y la situación de convivencia.
Derechos hereditarios: A nivel nacional, el Código Civil no otorga derechos hereditarios al conviviente de una pareja de hecho en caso de fallecimiento del otro miembro. Sin embargo, algunas Comunidades Autónomas, como Cataluña, han regulado los derechos hereditarios de las parejas de hecho en su legislación autonómica.
Es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho de familia para obtener asesoramiento específico sobre los derechos y obligaciones de una pareja de hecho en la Comunidad Autónoma correspondiente. Un abogado que entienda realmente que pasos tiene que dar, tanto en este caso como en el de los divorcios.
¡No dudes en buscar el apoyo legal necesario para comprender mejor tus derechos y proteger tus intereses en una unión de hecho!
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